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En los parques públicos del municipio de La Laguna han aparecido últimamente unos carteles llamativos, del Área de Medioambiente y Servicios Municipales del ayuntamiento, en los que se puede leer: Prohibida la presencia de animales peligrosos. En el mismo anuncio aparecen las fotografías de ejemplares de las razas caninas consideradas peligrosas como son Pit Bull Terrier, Staffordshire Bull Terrier, American Staffordshire Terrier, Rottweiler, Dogo Argentino, Fila Brasileiro, Tosa Inu y AkitaInu.
Además se amplía la prohibición a todos los perros cuyas características se correspondan con todas o la mayoría de las siguientes: Fuerte musculatura, aspecto poderoso o robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia; marcado carácter y gran valor; pelo corto, perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y peso superior a 20 kg; cabeza voluminosa, cuboide, robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas; mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda; cuello ancho, musculoso y corto: pecho macizo, ancho, grande, profundo, costillas arqueadas y lomo musculado y corto; extremidades anteriores paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.

También serán considerados perros potencialmente peligrosos aquellos que manifiesten un carácter marcadamente agresivo o que hayan protagonizado agresiones a personas o a otros animales.
Estos carteles son la plasmación publicitaria de la Ordenanza Municipal reguladora de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos y constitución del Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos, que fue elaborada en 2007, cuando era alcaldesa Ana Oramas, y en la que se establece que “Se prohíbe la presencia y circulación de estos animales en parques y jardines públicos, así como en las inmediaciones de centros escolares, guarderías infantiles, mercados, centros recreativos o deportivos y en general en las zonas públicas caracterizadas por un tránsito intenso de personas, entre las 7 y las 22 horas, horario que se entenderá ampliado, en su caso, en el supuesto de celebraciones de eventos de cualquier índole, durante y hasta la finalización del acto en cuestión”.
No obstante lo anterior, hemos de decir que algunos se preguntan por qué en la relación de perros potencialmente peligrosos no se mencionan sino las razas anteriormente citadas -se limita a copiar las que aparecen en el Real Decreto 287/2002 sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos- pues las características de peligrosidad potencial que se anuncian incluirían sin lugar a dudas a la raza canina autóctona de Canarias conocida como presa o dogo canario, una de las razas que cuenta con más aficionados en nuestras islas.

Esta normativa ha causado entre los propietarios de estos perros un malestar que ha tenido su reflejo en las redes sociales. Incluso en el espacio destinado a los perros que se encuentra en el parque Miguel Feria Cedrés, en San Benito, se ha prohibido la entrada a estos animales potencialmente peligrosos. Como afirma una propietaria “este planteamiento es equivocado, ya que se prejuzga el comportamiento de un perro por sus características físicas, sin que estos animales produzcan molestias al resto de los usuarios. Sin embargo, se permite la entrada de otros perros que son desatendidos por los dueños, que no recogen sus deposiciones ni controlan que sus animales no muerdan ni incordien al resto de los perros que están jugando allí.”
¿Crees que se deberían suavizar los controles sobre los animales considerados potencialmente peligrosos?
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publicado el 13 Enero, 2012 en El Dia (0) comenta
publicado el 8 Diciembre, 2011 en La Opinion (0) comenta